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Abogados expertos en Herencia entre Hermanos en Segovia

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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
  1. El reparto de la herencia entre hermanos cuando el causante es el progenitor

  2. La herencia entre hermanos cuando hay testamento

  3. La herencia entre hermanos cuando no hay testamento

El fallecimiento de una persona trae consigo una serie de consecuencias tanto emocionales como legales y jurídicas. Muchas veces, las herencias traen más problemas que beneficios y suelen por desgracia implicar una fractura familiar. Un abogado para herencia entre hermanos puede intentar suavizar las fricciones que implica este hecho.

Estas rupturas familiares que tanta desazón provocan suelen afectar mucho a las relaciones entre hermanos. En muchas ocasiones, uno se siente más perjudicado que el otro. Es muy frecuente que acudan al despacho de un abogado experto en herencias entre hermanos para ser asesorados cuando ya son conocedores del testamento.

Y, si, además, estamos hablando de que un hermano vive con el fallecido en su casa para cuidarle y atenderle, el conflicto está servido. Para intentar evitar situaciones profundamente desagradables, es mejor contactar con un abogado especialista en herencias entre hermanos de Segovia.

Desgraciadamente, cuando como profesionales nos enfrentamos a este tipo de asuntos jurídicos suele ser por disputas más que por acuerdos. En cualquier caso, es interesante exponer los aspectos más importantes de esta situación específica en los procesos sucesorios.

El reparto de la herencia entre hermanos cuando el causante es el progenitor

Cuando el fallecido es el progenitor, a la hora de proceder al reparto y a la adjudicación de la herencia, es el momento en el cual los hermanos empiezan a llegar a discrepancias y desacuerdos que desembocan en problemas familiares. Esto no debería ser así, puesto que, salvo que el fallecido no haya respetado la legítima o el testamento sea nulo, deberían entender que lo más importante es respetar la voluntad de este, evitando problemas jurídicos de largo recorrido.

Pues bien, una vez que los herederos conocen que existe testamento y reunida la documentación precisa (certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de cobertura de seguros, etc.), que nuestro abogado experto en partición de herencias en Segovia le indicará, acudirán al notario para:

  • Aceptar o no la herencia: si la aceptan será con carácter puro o simple, o a beneficio de inventario (posibilidad que cabe si la herencia tiene deudas); si la rechazan, será con carácter irrevocable y no cabe marcha atrás.
  • Reparto de la herencia: se produce la adjudicación de los bienes entre los herederos que sí hayan aceptado la herencia.

Puede darse el caso de que se produzca la aceptación, pero no el reparto de la herencia, por lo que todos los hermanos se convierten en copropietarios de todos los bienes inmuebles incluidos en la herencia. Pues aquí pueden empezar los problemas.

Los problemas son de diversa índole: que alguno de los hermanos no contribuya a los gastos de mantenimiento del inmueble; que alguno quiera vender y los demás no; que otro disfrute de la vivienda contra la voluntad de los demás, en fin, sería prolijo destacar los conflictos a los que esta situación puede dar lugar.

Lo habitual, aunque no tiene por qué ser así, es que el patrimonio hereditario conste de una vivienda, saldo bancario, un automóvil, y ajuar doméstico. En este caso de contar con un único inmueble, estaríamos hablando de una comunidad de bienes o proindiviso.

Al tratarse de un bien indivisible, hay que buscar soluciones legales que convengan a todas las partes: alquilar el inmueble; venderlo; disfrutarlo mediante turnos…Si nada de esto, convence ni pone de acuerdo a los herederos, podrán solicitar la división judicial de la cosa común y que se extinga la comunidad de bienes.

Se podría acudir a la subasta voluntaria para dividir la cosa común, pero debe haber acuerdo entre todos los herederos, cuestión harto difícil, si consideramos que el conflicto en este punto ya suele estar enrocado.

La herencia entre hermanos cuando hay testamento

Como ya hemos mencionado, el reparto de la herencia entre hermanos puede dar lugar a conflictos familiares que como una bomba expansiva puede dinamitar las relaciones personales.

Para evitar esto conviene entender que el testador puede dejar su patrimonio a quien quiera, con la limitación legal de la legítima, es decir, se encuentra obligado a reservar una parte de sus bienes a determinadas personas, que son los herederos forzosos o legitimarios.

Como ya hemos explicado en otras ocasiones, se puede dividir la herencia en tres tercios:

  • La legítima estricta: el tercio de la herencia que debe repartirse por partes iguales entre los herederos forzosos.
  • El tercio de mejora: aquí el fallecido puede disponer libremente de parte de sus bienes, a repartir entre hermanos por partes iguales.
  • Y el tercio de libre disposición: el testador puede dejar sus bienes a quien quiera, aunque no forme parte de la familia.

Evidentemente, si el fallecido realiza testamento sin respetar la legítima, éste podrá ser impugnado acudiendo a la vía judicial.

La herencia entre hermanos cuando no hay testamento

Cuando la persona fallece sin otorgar testamento, se abre lo que se denomina sucesión intestada, hay que tramitar un procedimiento de declaración de herederos. En este caso, ya no es el testador el que dispone de su patrimonio, sino el Código Civil, que establecerá un orden de prelación de los herederos llamados a suceder.

Es decir, un hermano (y sobrinos) puede heredar, pero en defecto de otros herederos legítimos: en el caso de que el testador no tenga descendientes (hijos e hijas); cónyuge o pareja de hecho (en este caso, no en toda España); ascendientes (padre o madre), podrá tener derecho a la herencia.

La tramitación, a partir de la promulgación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, se realizará vía notarial, aportando la documentación necesaria que le acredite como heredero legítimo.

Una vez vistos los problemas que pueden surgir en este tema y dados los problemas que pueden surgir, un abogado especialista en herencias entre hermanos que está habituado a lidiar con los posibles conflictos y desequilibrios existentes con motivo del reparto de una herencia será la mejor solución para intentar resolver y dar soluciones jurídicas a las problemáticas que se puedan plantear.

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  • Juzgado de Menores nº1 - C/ General Santiago, 8 40071 - Segovia
  • Juzgado de lo Penal único - C/ San Nicolás, 2 40071 - Segovia
  • Juzgado de Primera Instancia/Instrucción nº1 - C/ San Agustín, 28 40071 - Segovia
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