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Abogados expertos en Herencias en Murcia

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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

  1. ¿Qué es el derecho de sucesiones?

  2. Ley de herencias en España

  3. ¿Qué comprende la herencia?

  4. Funciones de un abogado experto en herencias y sucesiones

  5. El derecho de herencia o ius delationis

    1. ¿Quién tiene el ius delationis?

    2. ¿Cuándo se produce la delación de la herencia?

    3. Requisitos del ius transmissionis

¿Qué es el derecho de sucesiones?

El derecho sucesorio es la rama del ordenamiento jurídico encargada de regular todo lo relativo a las herencias, desde su formalización en vida hasta las distintas situaciones generadas tras un fallecimiento.

Ley de herencias en España

España configura su derecho civil bajo la rúbrica de respeto a las tradiciones históricas de las comunidades autónomas, lo que determina que se haya establecido un régimen general y común por el Código Civil, al que se le complementan las legislaciones autonómicas forales y especiales para determinados aspectos y materias. En este sentido, y en el ámbito de la legislación hereditaria española, contamos con diferentes normativas y textos que se aplican de manera general y específica, según el marco concreto y situación en la que nos encontremos.

  • Aragón: Cuenta con Decreto Legislativo 1/11, de 22.03, por el que se establece el derecho foral de Aragón.
  • Baleares: Cuenta con el Decreto Legislativo 79/90 de 06.09, por el que se regula la compilación Civil perteneciente a ese territorio.
  • Cataluña: Cuenta con su propio Código Civil de Cataluña bajo la rúbrica del régimen foral propio.
  • Extremadura: Situación especial basada en la costumbre, que viene a determinar que la ley no esté escrita, pero, a pesar de ello, contar con un fuero especial de Baylío.
  • Galicia: Cuenta con el derecho propio civil gallego de la legislación marcada por la ley 2/06, de 14.06.
  • Navarra: Cuenta con la regulación de su derecho civil y foral a partir de la ley 1/73 de 01.03.
  • País Vasco: Cuenta con un derecho civil y foral muy marcado por la ley 5/15 de 25.06.
  • Valencia: Tiene un ámbito foral especial, que ha sido incluso declarado inconstitucional, por la Sentencia del Tribunal Constitucional 28.04.2016.

¿Qué comprende la herencia?

La herencia, masa patrimonial que recibe un heredero (o legatario), comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de la persona que no se extinguen por la muerte.

Dicho término también es utilizado para designar la propia adquisición de dichos bienes y derechos, ya que, según el artículo 609 del Código Civil, la sucesión (testada e intestada), comúnmente conocida como herencia, constituye un modo de adquirir la propiedad.

Funciones de un abogado experto en herencias y sucesiones

Un abogado experto en testamentos, herencias y sucesiones en Murcia, como los que pone a su disposición SuperAbogado, puede ayudarle en los siguientes trámites:

  • Herencia familiar (herencia en línea recta ascendente, herencia del cónyuge, colaterales, hermanos, padres e hijos, tíos y sobrinos).
  • Cálculo de la legítima.
  • Revisión y asesoramiento sobre el testamento que mejor se adapte a su situación.
  • Impugnar testamento, entre otras causas por inoficiosidad del testamento.
  • Herencia sin testamento.
  • Cumplimiento de obligaciones tributarias y regulación de la herencia yacente.
  • Acompañamiento en las distintas fases del fenómeno sucesorio.
  • Herencias internacionales.
  • Declaración de herederos.
  • Partición de herencia.
  • Aceptación de herencia.
  • Reclamación de la legítima.
  • Renuncia de herencia.
  • Impugnación de la herencia.
  • Preterición no intencional.
  • Sustituciones hereditarias (sustitución vulgar, fideicomiso y sustitución pupilar).
  • Procedimiento para desheredar a un hijo, observar si concurren justas causas de desheredación e impugnar la desheredación.
  • Consultoría sobre leyes de herencias.
  • Impuesto a la herencia.
  • Impuesto de sucesiones y donaciones.
  • Concurso de la herencia.

El derecho de herencia o ius delationis

El derecho de herencia, denominado “ius delationis”, es un derecho al llamado para que acepte o repudie la herencia (renuncie a ella) que tiene carácter automático y que se transmite a sus herederos según lo establecido en el art. 1.006 del CC.

El artículo referenciado señala que, si el heredero falleciese sin aceptar ni repudiar la herencia, se transmitirá a los suyos “el mismo derecho que él tenía”, en virtud del ius transmissionis, que se genera cuando al ofrecer al heredero la aceptación de la herencia -delación- éste fallece, por lo que el heredero muere sin aceptar ni repudiar.

Mientras no se ejercite el citado derecho se dice que la herencia está yacente.

La delación (ofrecimiento de la herencia) se realiza a las personas llamadas que, por testamento o por ley, tengan un derecho sobre la herencia una vez abierta la sucesión.

¿Quién tiene el ius delationis?

El ius delationis corresponde a todo llamado determinado o determinable (a los que nos podemos referir en sentido amplio como herederos o potenciales herederos), por el simple hecho de serlo, desde el mismo momento de la apertura de la herencia. Para confirmar si usted puede ejercitar el ius delationis póngase en contacto con nuestros abogados expertos en derecho de delación.

En el caso de los legatarios no hay delación, sino que adquieren directamente desde la muerte del causante, aunque no pueden entrar en la posesión hasta que se la den los herederos. Si bien, pueden renunciar.

¿Cuándo se produce la delación de la herencia?

La delación puede producirse al tiempo de la vocación hereditaria (llamamiento) o posteriormente (si la designación de heredero estuviese realizada bajo condición suspensiva o el designado se hallare solamente concebido -nasciturus-, si existiere alguna duda sobre el llamado inicial a la herencia o la repudiare).

Requisitos del ius transmissionis

Para que se dé la transmisión del derecho de delación han de concurrir los siguientes requisitos:

  • Sobrevivir al causante.
  • Que el heredero que poseía inicialmente el derecho de delación haya fallecido sin aceptar ni repudiar.
  • Que le hubiesen realizado la delación. No se da este requisito, por ejemplo, en caso de heredero condicional, siendo diferida (ej: “el día que te cases”), cuando la condición expresada no se hubiese cumplido.
  • Que acepte también la herencia del transmitente (ha de aceptar la herencia del causante y del transmitente).

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ABOGADOS EXPERTOS EN HERENCIAS POR MUNICIPIOS DE MURCIA

Partido judicial de Murcia

El partido judicial de Murcia ofrece los siguientes juzgados:

  • Audiencia Provincial, Sección 1ª Civil-Penal - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Audiencia Provincial, Sección 2ª Civil-Penal - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Audiencia Provincial, Sección 3ª Civil-Penal - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Audiencia Provincial, Sección 4ª Civil-Penal - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Audiencia Provincial Presidente - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 - Avda. Primero de Mayo, 1. Edif. Torres Azules 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 - Avda. Primero de Mayo, 1. Edif. Torres Azules 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 - Avda. Primero de Mayo, 1. Edif. Torres Azules 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 -
  • Juzgado de Instrucción nº1 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de Instrucción nº2 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de Instrucción nº3 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de Instrucción nº4 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de Instrucción nº5 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de Instrucción nº6 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de Menores único - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Penal nº1 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Penal nº2 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Penal nº3 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Penal nº4 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº1 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº2 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº3 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº4 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº5 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº6 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº7 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº8 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº9 - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº10 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de Primera Instancia nº11 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Social nº1 - Avda. de la Libertad, 8 - 2 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Social nº2 - Avda. de la Libertad, 8 - 2 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Social nº3 - Avda. de la Libertad, 8 - 2 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Social nº4 - Avda. de la Libertad, 8 - 2 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Social nº5 - C/ Aljada, s/n - Bajo 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Social nº6 - Avda. Juan Carlos I, 59 (Edif. Dimóvil) 30071 - Murcia
  • Juzgado de lo Social nº7 - C/ Batalla de las Flores, 3 30071 - Murcia
  • Juzgado de Vigilancia Penitenciaria único - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Registro Civil Exclusivo único - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Tribunal Superior de Justicia, Contencioso-Administrativo - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Tribunal Superior de Justicia, Civil-Penal - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Tribunal Superior de Justicia, Presidente - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia
  • Tribunal Superior de Justicia, Social - Ronda de Garay, 5 30071 - Murcia