El término consentimiento informado hace referencia al derecho del paciente a conocer toda la información relativa a su salud en procedimientos médicos de cualquier índole, a excepción de algunos supuestos específicos que regula la legislación española.
La información inherente al consentimiento informado se proporciona por norma general de manera verbal, si bien en ciertas intervenciones, dados los riesgos asociados a la misma, se hará de forma escrita. Será el médico encargado del paciente el que tenga la obligación de cumplir con los derechos de información del mismo.
Cabe destacar que existe también el derecho a no ser informado.
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