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Abogados expertos en Negligencias Médicas en Zaragoza

SuperAbogado > Negligencias Médicas > Zaragoza
Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
  1. ¿Qué se considera negligencia médica?

  2. Tipos de negligencias médicas

  3. Las negligencias médicas en el Código Penal

  4. Indemnización por negligencia médica

  5. ¿Cómo actuar ante una negligencia médica?

  6. Tipos de negligencias en la cirugía estética

  7. Abogados de negligencia médica

¿Qué se considera negligencia médica?

Con carácter general la culpa o negligencia describe la falta de cuidado al realizar una conducta o no hacer algo (puede darse por una actuación equivocada o por la omisión de una conducta debida).

Bajo el término “negligencia médica” se engloban diversas malas prácticas médicas (muy dispares), por parte de clínicas, hospitales, centros de salud o del personal sanitario que atendió al paciente, que pueden generarle una lesión muy grave por no actuar correctamente (bien sea invalidez, incapacidad permanente, lesiones o empeoramiento de su salud). Debemos subrayar que dicha lesión ha de ser resarcida, sin que para ello se exija el ánimo de dañar, puesto que tales daños (fruto del servicio médico defectuoso) no habrían tenido lugar si el personal médico hubiese actuado conforme a la lex artis (el personal omitió las actuaciones pertinentes y no siguió el protocolo médico exigible en tales circunstancias, sobre el que son conocedores nuestros abogados expertos en mala praxis médica) y el paciente no tiene el deber de soportarlos.

Los daños por negligencia médica suelen ser debidos a la impericia o imprudencia del personal médico, muchas veces por realización de operaciones rutinarias, y tal conducta puede ser constitutiva de un delito de lesiones imprudentes o, incluso, de homicidio imprudente.

El Código Civil hace referencia expresa a esta figura al indicar en materia de responsabilidad civil extracontractual (artículo 1.902), que también resulta de aplicación al ámbito médico, que toda persona ha de responder por los daños causados por acción u omisión “interviniendo culpa o negligencia”.

Tipos de negligencias médicas

A continuación enumeramos una serie de negligencias médicas, sin carácter exhaustivo, a fin de facilitar su identificación, aunque será necesario un estudio de su caso particular practicado por un letrado de negligencias médicas para corroborar la concurrencia de negligencia médica, así como de cada uno de los requisitos precisos para su apreciación.

  • Negligencia médica por omisión de diagnóstico.
  • Negligencia médica por mal diagnóstico (error de valoración).
  • Retrasos en el tratamiento (la ausencia de un tratamiento “a tiempo” puede causar un perjuicio irreversible para el paciente).
  • Error en la prescripción de medicamentos (recetar medicamentos inadecuados).
  • Ausencia de consentimiento informado.
  • Negligencias en intervenciones quirúrgicas (por ejemplo, ser operado del riñón equivocado u olvidar dentro del paciente instrumental médico).
  • Errores en cirugía estética.
  • Negligencias médicas por contagio (infecciones nosocomiales; transmisión de enfermedades infecciosas por transfusiones sanguíneas, tales como VIH/SIDA).
  • Negligencias causantes de lesiones durante el parto.
  • Negligencia médica con resultado de muerte (muerte por negligencia médica).
  • Error en el tratamiento médico
  • Realización de una cirugía errónea
  • Utilización de manera indebida del material e instrumentos quirúrgicos o medicamentos
  • Error a la hora de interpretar las pruebas realizadas

Las negligencias médicas en el Código Penal

Existen diferentes tipos de conductas que se consideran como negligencias médicas en el Código Penal.

Son las siguientes:

  • Causar la muerte de otra persona por imprudencia grave. En este caso se considera al profesional sanitario como autor de un homicidio imprudente. La pena que se puede imponer es de 1 a 4 años de prisión. Además, si existe imprudencia profesional en el homicidio, se impone también la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión por un período de 3 a 6 años.
  • Provocar la muerte de otra persona por imprudencia menos grave. El sanitario es condenado como autor de un homicidio imprudente menos grave. La pena oscila entre los 3 y los 18 meses de multa.
  • Causar lesiones a otra persona por imprudencia grave. Las penas a imponer varían en función del riesgo creado y del resultado producido. No obstante, si las lesiones se producen por imprudencia profesional se impone además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión. El periodo de inhabilitación es de entre 6 meses a 4 años.
  • Ocasionar un aborto por imprudencia grave. El médico es castigado con pena de prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses. Si el aborto se comete por imprudencia profesional se impone también la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión por un periodo de 1 a 3 años.
  • Causar en un feto una lesión o enfermedad que perjudique su normal desarrollo o provocarle una grave tara física o psíquica. Todo ello cuando el profesional sanitario haya actuado con imprudencia grave. El autor de los hechos es castigado con la pena de prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses. Además, y por existir imprudencia profesional, se impone la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión por un tiempo de entre 6 meses a 2 años.
  • Llevar a cabo una manipulación genética por imprudencia grave. La pena impuesta será de multa de 6 a 15 meses e inhabilitación especial para la profesión de 1 a 3 años.
  • Sustitución de un niño por otro por imprudencia grave de los responsables de su identificación y custodia en centros sanitarios o socio-sanitarios. El castigo que se impone es la pena de prisión de 6 meses a 1 año.

Indemnización por negligencia médica

Un abogado experto en negligencia médica de Zaragoza, podrá determinar la existencia y el alcance de los daños, tanto físicos como psicológicos o emocionales, lo que generalmente se realiza con la aplicación del baremo de accidentes de tráfico además de atender a las circunstancias concurrentes (los tribunales vienen aceptando que se ajuste el montante indemnizatorio por una negligencia médica al baremo de la Ley del Automóvil, entendiendo que es de usual aplicación a otros campos jurídicos, aunque no de manera vinculante), pues usted no ha de soportar un daño desproporcionado.

Para que proceda su resarcimiento deberá acreditar la concurrencia de tres elementos:

  • El daño.
  • La actuación negligente.
  • El nexo causal entre ambos elementos (entre la conducta médica negligente y el resultado dañoso).

Además, es conveniente contar con un informe pericial de un perito médico que determine que existió una negligencia médica, quién fue su responsable y que tal actuación fue la causante de los daños sufridos por el paciente. Contamos con la colaboración de los mejores peritos especialistas en negligencias médicas, esenciales para el éxito de la demanda.

¿Cómo actuar ante una negligencia médica?

En primer lugar, hay que contactar con un abogado especialista en la materia que pueda dar el asesoramiento que necesita. Desde SuperAbogado ponemos a su disposición a los mejores abogados de España expertos en este asunto.

Es necesario reunir toda la documentación médica en relación a la lesión sufrida. Por eso es recomendable que solicite copia de su historial médico al centro u hospital donde siga el tratamiento.

El abogado contactará con un perito médico especializado en negligencias médicas que pueda dar su opinión sobre los hechos. Así determinará si la reclamación de indemnización puede ser viable o no.

Una vez que ese informe pericial nos confirme que efectivamente nos encontramos ante una negligencia médica, se podría presentar una reclamación extrajudicial antes de iniciar la vía judicial a fin de intentar llegar a un acuerdo.

Si ese acuerdo no se alcanza, entonces se podría iniciar la vía judicial.

La reclamación se interpondrá ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa si la negligencia médica es llevada a cabo por un médico perteneciente a la sanidad pública. Si el facultativo pertenece a la sanidad privada y sólo tenemos interés en obtener una indemnización por los daños sufridos, entonces la reclamación se tramitará por la Jurisdicción Civil. Sin embargo, si además de la indemnización queremos que el médico sea condenado como autor de un delito o inhabilitado en su profesión, entonces la reclamación hay que vincularla a la vía penal.

Tipos de negligencias en la cirugía estética

A continuación exponemos algunos de los tipos de negligencias en la cirugía estética en los que los abogados de SuperAbogado podrán ayudarle a conseguir una condena a la clínica estética y el resarcimiento de los daños por su mala práctica (cirugías estéticas mal hechas):

  • Negligencia médica de un cirujano estético en el aumento o reducción de pecho, como es el caso de colocación o cambio de implantes mamarios inadecuado (deformidad en las mamas, separación entre las mismas, con desnivel, desplazamiento de los implantes, así como molestias y pérdidas de sensibilidad).
  • Negligencias estéticas en liposucciones o lipoesculturas.
  • Negligencias del anestesista (anestesia mal suministrada, deficiente reanimación o reacciones adversas a fármacos), que pueden producir la muerte o muy graves afecciones cerebro-medulares irreversibles.
  • Provocar hemorragias con riesgo vital.
  • Dejar instrumental médico dentro del cuerpo del paciente.
  • Realizar inadecuadamente una rinoplastia, generando dificultades respiratorias.

Abogados de negligencia médica

Si quiere reclamar al responsable de los daños sufridos como consecuencia de una negligencia médica nuestros abogados especializados en negligencias médicas le ayudarán a obtener la mayor indemnización posible, tanto si se tratase de profesionales del ámbito de la sanidad pública, en cuyo caso habrá que realizar una reclamación por responsabilidad patrimonial contra la Administración, como si la negligencia se produjo en el marco de una relación contractual, correspondiendo en este último caso -personal de la clínica privada- su conocimiento al orden jurisdiccional civil (de no llegar a un acuerdo amistoso), además de tener en ambos casos la posibilidad de acudir a la vía penal, sobre la que podrán informarle nuestros abogados penalistas de negligencias médicas.

Lo que podemos hacer ante una negligencia médica:

  • Una pericial médica para que su abogado pueda probar la negligencia médica que ha existido en su caso.
  • Interponer querella contra los profesionales sanitarios responsables de la negligencia médica grave.
  • Demanda por responsabilidad civil contra dichos profesionales, cuando la negligencia sea menos grave.

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  • Audiencia Provincial, Sección 2ª Civil - C/ Coso, 1 50071 - Zaragoza
  • Audiencia Provincial, Sección 4ª Civil - C/ Coso, 1 50071 - Zaragoza
  • Audiencia Provincial, Sección 5ª Civil - C/ Coso, 1 50071 - Zaragoza
  • Audiencia Provincial, Sección 1ª Penal - C/ Coso, 1 50071 - Zaragoza
  • Audiencia Provincial, Sección 3ª Penal - C/ Coso, 1 50071 - Zaragoza
  • Audiencia Provincial Presidente - C/ Coso, 1 50071 - Zaragoza
  • Decanato de los Juzgados - Pza. del Pilar, 2 50071 - Zaragoza
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 - C/ Convertidos, s/n. Edificio Judicial 50071 - Zaragoza
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 - C/ Convertidos, s/n. Edificio Judicial 50071 - Zaragoza
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 - C/ Convertidos, s/n. Edificio Judicial 50071 - Zaragoza
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  • Juzgado de Instrucción nº2 - Pza. del Pilar, 2 - 1 ª Plta. Edif. B y C 50071 - Zaragoza
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