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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

Cuando alguien resulta condenado penalmente por un delito se considera que tiene antecedentes penales.

Certificado antecedentes penales

Este certificado se emite por la gerencia territorial del ministerio de justicia de su ciudad, y en él se contiene información relativa a los delitos por los que un ciudadano hubiese sido condenado así como la condena que se le hubiese impuesto.

¿Quién puede solicitar un certificado de antecedentes penales en España?

El solicitante titular de los antecedentes penales debe acreditar su identidad con la correspondiente documentación en vigor, lo cual podrá hacer mediante personación o por correo certificado. Además, puede presentar su solicitud un representante debidamente acreditado.

Con respecto a la acreditación de los solicitantes titulares de los antecedentes penales, habrá de presentar un documento u otro en función de si se trata de una persona española o comunitaria, o una persona extranjera no comunitaria.

-Si se trata de un solicitante titular español o comunitario, se le insta a presentar:

- D.N.I. en vigor o una fotocopia debidamente compulsada,

- La tarjeta comunitaria o el pasaporte en su caso, ambos en vigor, bien a través de sus originales o de fotocopias de los mismos debidamente compulsadas.

- Si se trata de un titular extranjero no comunitario, se le requiere que presente:

-Su tarjeta de residencia (NIE), o pasaporte en su caso, todos ellos en vigor, a través de sus originales o fotocopias de los mismos debidamente compulsadas.

-Si se trata de un representante, para considerarse que está debidamente acreditado deberá presentar poder notarial, declaración en comparecencia personal del interesado, o cualquier otro medio suficiente en Derecho que deje constancia fidedigna de tal representación.

En cualquier caso, aunque el solicitante actúe por medio de representante, no le exime, en ningún caso, de la necesidad de acreditar su identidad.

¿Cómo hacer la solicitud de cancelación antecedentes penales?

Se puede solicitar por Internet, por correo electrónico y de forma presencial.

Si lo quiere hacer de forma personal tendrá que desplazarse ante la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de su ciudad.

Medios a través de los que presentar la solicitud del certificado de antecedentes penales

-Presencialmente: la solicitud del certificado de antecedentes penales acompañada de la documentación exigida podrá presentarse presencialmente en los siguientes lugares:

  • En el Registro General del Ministerio de Justicia, esto es, en Oficina Central de Atención al Ciudadano en Madrid.
  • Las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
  • En cualquiera de los registros públicos previstos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Cuando se trate de ciudadanos españoles residentes en el extranjero, estos pueden instar la cancelación a través de las oficinas diplomáticas y consulares de España, tras la previa presentación del titular en las mismas.

– Por correo: la solicitud del certificado de antecedentes penales puede presentarse, junto con las copias compulsadas de los documentos requeridos, mediante correo certificado a la dirección que indica en su website el Ministerio de Justicia: Registro Central de Penados (Cancelaciones), C/ San Bernardo nº 21, planta baja, 28015 – MADRID.

– Por Internet, si el solicitante cuenta con certificado digital.

Desde la experiencia, recomendamos el solicitar la ayuda de un especialista en cancelaciones de antecedentes penales y de aprovechar dicha representación como una vía ágil de obtener su certificado.

¿Cuanto tiempo ha de pasar para cancelar mis antecedentes?

Pasado un tiempo desde que uno fuera condenado, los ciudadanos tienen derecho a que esos antecedentes penales se supriman de su expediente y se borren de los registros públicos. El tiempo que ha de pasar para poder borrar un antecedente penal dependerá de la gravedad de la condena impuesta.

Para determinar ese tiempo necesario para borrar un antecedente debemos de hacer la siguiente operación:

1.- Ver si nuestra condena es grave, menos grave o leve.

2.- Ver cuantos años o meses se necesitan para cancelar cada tipo de pena:

Los plazos de cancelación son:

a) SEIS meses para las penas leves.

b) DOS años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.

c) TRES años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.

d) CINCO años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.

e) DIEZ años para las penas graves.

Los tipos de condena son: 

El artículo 33 del Código Penal establece qué penas están incluidas en cada uno de los grupos, así se determina que son:

A.- PENAS GRAVES:

La prisión superior a cinco años.

La inhabilitación absoluta.

Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.

La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.

La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.

La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.

La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.

La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.

La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.

La privación de la patria potestad.

B.- PENAS MENOS GRAVES:

La prisión de tres meses hasta cinco años.

Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años.

La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.

La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.

La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.

La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años.

La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.

La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.

La multa de más de dos meses.

La multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía, salvo lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo.

Los trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 180 dí

La localización permanente de tres meses y un día a seis meses.

La pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social, cualquiera que sea su duración.

C.- PENAS LEVES:

La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un años.

La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un años.

La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.

La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.

La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.

La multa de 10 días a dos meses.

La localización permanente de un día a tres meses.

Los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días.

Requisitos para proceder a la cancelación de los antecedentes penales

Es imprescindible haber abonado la cantidad que la sentencia señala como responsabilidad civil, a excepción de que usted hubiera sido declarado insolvente.

Y no haber cometido ningún otro delito dentro de este plazo en el que hemos esperado para cancelar el antecedente.


Tanto si tiene dudas sobre lo que son los antecedentes penales, como si quiere iniciar un proceso de cancelación de los mismos, le recomendamos hacerlo de la mano de un abogado especialista en la materia. En SuperAbogado contamos con los mejores. Puede hablar con nosotros llamando al 📞605 059 619 o vía mail en 📩info@super.abogado

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