Tu abogado experto en acoso laboral en Valladolid
Provincia donde ser atendido/a
Valladolid
Especialidad del abogado
Acoso Laboral
Un abogado especializado de tu ciudad TE CONTACTARÁ EN MENOS DE 1 HORA.

Abogados expertos en Acoso Laboral en Valladolid

SuperAbogado > Derecho Laboral > Acoso Laboral > Valladolid
Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
  1. ¿Qué es el mobbing o acoso laboral?

  2. Requisitos para que exista acoso laboral

  3. Baja por acoso laboral

¿Qué es el mobbing o acoso laboral?

Ante la falta de una definición normativa del acoso laboral (también conocido como mobbing) los tribunales han ido configurando una definición de dicha figura para identificar cuándo se produce.

Tomando las palabras del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en Sentencia de 15 de julio de 2010, el acoso laboral se define como “aquella conducta abusiva o violencia psicológica a la que se somete de forma sistemática a una persona en el ámbito laboral, manifestada especialmente a través reiterados comportamientos, palabras o actitudes que lesionen la dignidad o integridad psíquica del trabajador y que pongan en peligro o degraden sus condiciones de trabajo”.

Tales actitudes de hostigamiento en su trabajo, que pueden abarcar desde acciones de «ninguneo» o incomunicación, vacío injustificado, exclusión de un reparto de tareas, comentarios ofensivos, hasta ataques directos contra la víctima (como violencia física, agresiones verbales, insultos e injurias, incluso en público y amenazas), conducen al aislamiento del interesado en el marco laboral, produciéndole ansiedad, estrés, pérdida de autoestima y alteraciones psicosomáticas.

En ocasiones pueden llegar incluso a causar el abandono de su empleo por resultarle insostenible la presión a la que se encuentra sometido.

Según el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo en su manual online sobre Mobbing : violencia física y acoso sexual, reproduciendo la definición de H. Leymann, el mobbing consiste en “situaciones en las que una persona o un grupo de personas ejercen un conjunto de comportamientos caracterizados por una violencia psicológica, de forma sistemática (al menos, una vez por semana), durante un tiempo prolongado (más de 6 meses), sobre otra persona en el lugar de trabajo”.

Requisitos para que exista acoso laboral

  • Ha de existir una situación objetiva de hostigamiento a la víctima, que tiene que ser real y efectiva, suficientemente grave (para su valoración se tiene en cuenta que pueda llegar a provocar síntomas psicosomáticos y reacciones anormales o de estrés hacia el trabajo) y tener carácter laboral. Algunos tribunales, además, exigen que sea sistemática y reiterada.
  • Necesario nexo causal entre los síntomas y el acoso (el sufrimiento causado a la víctima del acoso es consecuencia de la conducta de sus acosadores).
  • Sujeto activo:tiene que haber un acosador, que puede ser uno o varios compañeros o superiores, así como los subordinados. Podemos distinguir varios tipos de mobbing laboral según la posición jerárquica:
    • Acoso descendente: que es el realizado por un superior.
    • Acoso horizontal: entre compañeros.
    • Bossing: producido por el personal directivo.
    • Acoso ascendente: realizado por subordinados.
  • Intencionalidad dañosa o de perjudicar: los acosadores actúan con el fin de causarle un daño al acosado, atentando contra su dignidad sin que pueda tener una normal convivencia en el trabajo.

Un abogado experto en acoso laboral de Valladolid podrá resolver cualquier duda al respecto.

Baja por acoso laboral

El acoso laboral es causa objetiva de baja laboral y no puede ser considerada como contingencia común, si bien algunas empresas así lo tramitan, con la consecuente pérdida de prestaciones para el trabajador, por ello debe contar con un abogado experto en acoso laboral, como los abogados especialistas en mobbing de SuperAbogado, que le asesorarán para conseguir la indemnización que le corresponda.

¿Por qué es beneficioso para el trabajador que la baja por acoso laboral sea calificada como enfermedad o accidente laboral?

Estrés y acoso laboral se encuentran fuera del cuadro de enfermedades profesionales (únicamente son enfermedades profesionales las que están reguladas en el catálogo del año 2006), pero el mobbing tiene la consideración de accidente laboral porque, en el caso de que exista una relación causa-efecto entre la enfermedad y trabajo y la misma no esté incluida en la lista, se realiza una ficción jurídica para otorgarle el tratamiento asociado a las contingencias profesionales.

La principal ventaja de su correcta calificación, es que al trabajador no se le exigirá periodo de carencia (haber cotizado a la Seguridad Social durante un determinado periodo de tiempo) como requisito indispensable para acceder a las prestaciones por incapacidad.

Además, con la calificación del accidente como profesional, al accidentado le corresponderá la prestación por incapacidad temporal desde el día siguiente a la producción del siniestro (la empresa debe asumir el pago del salario del día completo en el que se produce el accidente), con un porcentaje del 75% de la Base Reguladora durante todo el proceso (a cargo de la Seguridad Social o de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales) mientras que si la incapacidad se derivase de un accidente común, no procedería prestación:

  • Del día 1 al día 3 (salvo que así se establezca mediante negociación colectiva)
  • Un segundo periodo, del día 4 al 15, correría a cargo de la empresa, con un subsidio del 60% de la Base Reguladora.
  • Sólo a partir del tercer periodo, desde el día 16 contados a partir del día en que se produjo el accidente, lo sufragaría la Seguridad Social (en un porcentaje inferior al indicado -del 60% de la Base Reguladora- hasta el día 21, momento en que sí se equipararía, correspondiendo el 75% de la Base Reguladora).

¿Busca un abogado experto en mobbing laboral?

Nuestro equipo está formado por abogados especialistas en derecho laboral en Valladolid. Si necesita a un abogado especialista en acoso laboral, no dude en contactarnos. Contamos con los mejores de España.

ABOGADOS EXPERTOS EN ACOSO LABORAL POR MUNICIPIOS DE VALLADOLID

  • Adalia
  • Aguasal
  • Aguilar de Campos
  • Alaejos
  • Alcazarén
  • Aldea de San Miguel
  • Aldeamayor de San Martín
  • Almenara de Adaja
  • Amusquillo
  • Arroyo de la Encomienda
  • Ataquines
  • Bahabón
  • Barcial de la Loma
  • Barruelo del Valle
  • Becilla de Valderaduey
  • Benafarces
  • Bercero
  • Berceruelo
  • Berrueces
  • Bobadilla del Campo
  • Bocigas
  • Bocos de Duero
  • Boecillo
  • Bolaños de Campos
  • Brahojos de Medina
  • Bustillo de Chaves
  • Cabezón de Pisuerga
  • Cabezón de Valderaduey
  • Cabreros del Monte
  • Campaspero
  • El Campillo
  • Camporredondo
  • Canalejas de Peñafiel
  • Canillas de Esgueva
  • Carpio
  • Casasola de Arión
  • Castrejón de Trabancos
  • Castrillo de Duero
  • Castrillo-Tejeriego
  • Castrobol
  • Castrodeza
  • Castromembibre
  • Castromonte
  • Castronuevo de Esgueva
  • Castronuño
  • Castroponce
  • Castroverde de Cerrato
  • Ceinos de Campos
  • Cervillego de la Cruz
  • Cigales
  • Ciguñuela
  • Cistérniga
  • Cogeces de Íscar
  • Cogeces del Monte
  • Corcos
  • Corrales de Duero
  • Cubillas de Santa Marta
  • Cuenca de Campos
  • Curiel de Duero
  • Encinas de Esgueva
  • Esguevillas de Esgueva
  • Fombellida
  • Fompedraza
  • Fontihoyuelo
  • Fresno el Viejo
  • Fuensaldaña
  • Fuente el Sol
  • Fuente-Olmedo
  • Gallegos de Hornija
  • Gatón de Campos
  • Geria
  • Herrín de Campos
  • Hornillos de Eresma
  • Íscar
  • Laguna de Duero
  • Langayo
  • Llano de Olmedo
  • Lomoviejo
  • Manzanillo
  • Marzales
  • Matapozuelos
  • Matilla de los Caños
  • Mayorga
  • Medina de Rioseco
  • Medina del Campo
  • Megeces
  • Melgar de Abajo
  • Melgar de Arriba
  • Mojados
  • Monasterio de Vega
  • Montealegre de Campos
  • Montemayor de Pililla
  • Moral de la Reina
  • Moraleja de las Panaderas
  • Morales de Campos
  • Mota del Marqués
  • Mucientes
  • La Mudarra
  • Muriel
  • Nava del Rey
  • Nueva Villa de las Torres
  • Olivares de Duero
  • Olmedo
  • Olmos de Esgueva
  • Olmos de Peñafiel
  • Palazuelo de Vedija
  • La Parrilla
  • La Pedraja de Portillo
  • Pedrajas de San Esteban
  • Pedrosa del Rey
  • Peñafiel
  • Peñaflor de Hornija
  • Pesquera de Duero
  • Piña de Esgueva
  • Piñel de Abajo
  • Piñel de Arriba
  • Pollos
  • Portillo
  • Pozal de Gallinas
  • Pozaldez
  • Pozuelo de la Orden
  • Puras
  • Quintanilla de Arriba
  • Quintanilla de Onésimo
  • Quintanilla de Trigueros
  • Quintanilla del Molar
  • Rábano
  • Ramiro
  • Renedo de Esgueva
  • Roales de Campos
  • Robladillo
  • Roturas
  • Rubí de Bracamonte
  • Rueda
  • Saelices de Mayorga
  • Salvador de Zapardiel
  • San Cebrián de Mazote
  • San Llorente
  • San Martín de Valvení
  • San Miguel del Arroyo
  • San Miguel del Pino
  • San Pablo de la Moraleja
  • San Pedro de Latarce
  • San Pelayo
  • San Román de Hornija
  • San Salvador
  • San Vicente del Palacio
  • Santa Eufemia del Arroyo
  • Santervás de Campos
  • Santibáñez de Valcorba
  • Santovenia de Pisuerga
  • Sardón de Duero
  • La Seca
  • Serrada
  • Siete Iglesias de Trabancos
  • Simancas
  • Tamariz de Campos
  • Tiedra
  • Tordehumos
  • Tordesillas
  • Torre de Esgueva
  • Torre de Peñafiel
  • Torrecilla de la Abadesa
  • Torrecilla de la Orden
  • Torrecilla de la Torre
  • Torrelobatón
  • Torrescárcela
  • Traspinedo
  • Trigueros del Valle
  • Tudela de Duero
  • La Unión de Campos
  • Urones de Castroponce
  • Urueña
  • Valbuena de Duero
  • Valdearcos de la Vega
  • Valdenebro de los Valles
  • Valdestillas
  • Valdunquillo
  • Valoria la Buena
  • Valverde de Campos
  • Vega de Ruiponce
  • Vega de Valdetronco
  • Velascálvaro
  • Velilla
  • Velliza
  • Ventosa de la Cuesta
  • Viana de Cega
  • Villabáñez
  • Villabaruz de Campos
  • Villabrágima
  • Villacarralón
  • Villacid de Campos
  • Villaco
  • Villafrades de Campos
  • Villafranca de Duero
  • Villafrechós
  • Villafuerte
  • Villagarcía de Campos
  • Villagómez la Nueva
  • Villalán de Campos
  • Villalar de los Comuneros
  • Villalba de la Loma
  • Villalba de los Alcores
  • Villalbarba
  • Villalón de Campos
  • Villamuriel de Campos
  • Villán de Tordesillas
  • Villanubla
  • Villanueva de Duero
  • Villanueva de la Condesa
  • Villanueva de los Caballeros
  • Villanueva de los Infantes
  • Villanueva de San Mancio
  • Villardefrades
  • Villarmentero de Esgueva
  • Villasexmir
  • Villavaquerín
  • Villavellid
  • Villaverde de Medina
  • Villavicencio de los Caballeros
  • Viloria
  • Wamba
  • Zaratán
  • La Zarza

Partido judicial de Valladolid

El partido judicial de Valladolid ofrece los siguientes juzgados:

  • Audiencia Provincial, Sección 1ª Civil - C/ Angustias, s/n 47071 - Valladolid
  • Audiencia Provincial, Sección 3ª Civil - C/ Angustias, s/n 47071 - Valladolid
  • Audiencia Provincial, Sección 2ª Penal - C/ Angustias, s/n 47071 - Valladolid
  • Audiencia Provincial, Sección 4ª Penal - C/ Angustias, s/n 47071 - Valladolid
  • Audiencia Provincial Presidente - C/ Angustias, s/n 47071 - Valladolid
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 - C/ San José, 4-10 47071 - Valladolid
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 - C/ San José, 4-10 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Instrucción nº1 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Instrucción nº2 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Instrucción nº3 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Instrucción nº4 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Instrucción nº5 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Menores único - C/ García Morato, 8 47071 - Valladolid
  • Juzgado de lo Penal nº1 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de lo Penal nº2 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de lo Penal nº3 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº1 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº2 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº3 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº4 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº5 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº6 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº7 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº8 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº9 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Primera Instancia nº10 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Juzgado de lo Social nº1 - Pza. de Madrid, 4 47071 - Valladolid
  • Juzgado de lo Social nº2 - Pza. de Madrid, 4 47071 - Valladolid
  • Juzgado de lo Social nº3 - Pza. del Rosarillo, s/n 47071 - Valladolid
  • Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº1 - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Registro Civil Exclusivo único - C/ Angustias, 40-44 47071 - Valladolid
  • Tribunal Superior de Justicia, Contencioso-Administrativo - C/ Angustias, s/n 47071 - Valladolid
  • Tribunal Superior de Justicia, Social - C/ Angustias, s/n 47071 - Valladolid
Contactar