Tu abogado experto en medidas provisionales en Córdoba
Provincia donde ser atendido/a
Córdoba
Especialidad del abogado
Medidas Provisionales
Un abogado especializado de tu ciudad TE CONTACTARÁ EN MENOS DE 1 HORA.

Abogados expertos en Medidas Provisionales en Córdoba

SuperAbogado > Derecho de Familia y Divorcios > Medidas Provisionales > Córdoba
Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
  1. ¿Qué son las medidas provisionales?

  2. Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio

  3. ¿Cómo se solicitan las medidas provisionales?

  4. ¿Cuánto tardan en entrar en vigor las medidas provisionales o cautelares de divorcio?

  5. ¿Cuánto duran las medidas provisionales?

¿Qué son las medidas provisionales?

Las medidas provisionales consisten en un tipo de medidas cautelares comunes en los procedimientos de separación, divorcio y nulidad matrimonial, a las que el Código Civil dedica su Capítulo X del Título IV bajo la rúbrica “De las medidas provisionales por demanda de nulidad, separación y divorcio” (artículos 102 y siguientes), su procedimiento se contempla en el artículo 703 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Estas medidas se adoptan una vez admitida a trámite la demanda para regular aspectos esenciales de la relación hasta que adquiera firmeza la sentencia de separación, nulidad o divorcio (momento en que se sustituirán por las medidas definitivas). Ha de conocerse que a falta de acuerdo las decidirá el juez.

Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio

Además de las llamadas “medidas provisionales”, existen otro tipo de medidas, que se pueden solicitar en un momento procesal anterior, son las llamadas medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio, también conocidas como “medidas provisionalísimas”, ya que se piden antes de la interposición de la demanda.

Se diferencian de las provisionales en su momento de adopción. Además, en este caso, para que subsistan los efectos, habrá de presentarse la demanda dentro de los 30 días siguientes a su aprobación (según lo preceptuado en el artículo 771 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

A través de ellas el cónyuge que se proponga instar la nulidad matrimonial, separación o divorcio, puede solicitar lo que estime oportuno sobre los siguientes aspectos:

  • El cese de la convivencia conyugal.
  • Revocación de consentimientos y poderes otorgados.
  • La paralización de la vinculación de los bienes privativos.
  • Con quién se quedan los hijos y la forma en que el otro cónyuge podrá ponerse en contacto con ellos y tenerlos en su compañía.
  • Qué cónyuge continúa utilizando la vivienda familiar (“teniendo en cuenta el interés familiar más necesitado de protección”).
  • En qué medida contribuirá cada cónyuge a las cargas del matrimonio.
  • Elaborar una relación de los bienes gananciales que se tengan que entregar a cada uno de los cónyuges, así como las reglas de administración, disposición y rendición de cuentas.
  • Señalar el régimen de administración y disposición de los bienes privativos afectados a las cargas del matrimonio.

¿Cómo se solicitan las medidas provisionales?

Cuando los cónyuges presenten la demanda de separación o divorcio de mutuo acuerdo deberán acompañar el proyecto de convenio regulador. Junto a la misma, los interesados deben proponer al juez las medidas que deseen que rijan sus relaciones mientras se encuentre en curso el proceso de separación o divorcio, siempre que no se hayan adoptado con anterioridad.

También puede solicitar medidas provisionales el cónyuge demandado (en la contestación a la demanda), si no se hubiesen adoptado con anterioridad o no hubieran sido solicitadas por el demandante, facultad otorgada por el artículo 773.4 de la LEC.

Si los cónyuges no llegasen a un acuerdo (que ha de ser aprobado judicialmente), el juez adoptará medidas respecto a los siguientes términos:

  • Custodia y régimen de relaciones personales de hijos comunes, menores e incapacitados.
  • Atribución del uso de la vivienda y del ajuar familiar.
  • Alimentos a los hijos.
  • Entrega de los bienes comunes a uno u otro cónyuge y reglas de administración y disposición sobre los mismos.
  • Administración y disposición de bienes privativos afectados a las cargas del matrimonio.

¿Cuánto tardan en entrar en vigor las medidas provisionales o cautelares de divorcio?

No puede darse una respuesta genérica a este interrogante, ya que dependerá del volumen de trabajo en los juzgados que tengan que conocer del procedimiento de divorcio, nulidad o separación. Un abogado especialista en medidas provisionales de Córdoba, como los que pone a su disposición SuperAbogado, podrá darle una estimación más exacta sobre la dilación de este proceso, al llevar multitud de casos en dicha demarcación judicial.

¿Cuánto duran las medidas provisionales?

Tales medidas quedarán sin efecto en el momento en que sean sustituidas por las medidas definitivas, que se establecerán por sentencia o finalización del procedimiento de otro modo, como puede ser un acuerdo de mediación (art. 773.5 LEC).

¿Busca un abogado experto en medidas provisionales?

Nuestro equipo está formado por auténticos abogados especialistas en derecho de familia en Córdoba. Contamos con los mejores. No dude en contactarnos.

ABOGADOS EXPERTOS EN MEDIDAS PROVISIONALES POR MUNICIPIOS DE CÓRDOBA

  • Adamuz
  • Aguilar de la Frontera
  • Alcaracejos
  • Almedinilla
  • Almodóvar del Río
  • Añora
  • Baena
  • Belalcázar
  • Belmez
  • Benamejí
  • Los Blázquez
  • Bujalance
  • Cabra
  • Cañete de las Torres
  • Carcabuey
  • Cardeña
  • La Carlota
  • El Carpio
  • Castro del Río
  • Conquista
  • Doña Mencía
  • Dos Torres
  • Encinas Reales
  • Espejo
  • Espiel
  • Fernán-Núñez
  • Fuente Carreteros
  • Fuente la Lancha
  • Fuente Obejuna
  • Fuente Palmera
  • Fuente-Tójar
  • La Granjuela
  • Guadalcázar
  • La Guijarrosa
  • El Guijo
  • Hinojosa del Duque
  • Hornachuelos
  • Iznájar
  • Lucena
  • Luque
  • Montalbán de Córdoba
  • Montemayor
  • Montilla
  • Montoro
  • Monturque
  • Moriles
  • Nueva Carteya
  • Obejo
  • Palenciana
  • Palma del Río
  • Pedro Abad
  • Pedroche
  • Peñarroya-Pueblonuevo
  • Posadas
  • Pozoblanco
  • Priego de Córdoba
  • Puente Genil
  • La Rambla
  • Rute
  • San Sebastián de los Ballesteros
  • Santa Eufemia
  • Santaella
  • Torrecampo
  • Valenzuela
  • Valsequillo
  • La Victoria
  • Villa del Río
  • Villafranca de Córdoba
  • Villaharta
  • Villanueva de Córdoba
  • Villanueva del Duque
  • Villanueva del Rey
  • Villaralto
  • Villaviciosa de Córdoba
  • El Viso
  • Zuheros

Partido judicial de Córdoba

El partido judicial de Córdoba ofrece los siguientes juzgados:

  • Audiencia Provincial, Sección 1ª Civil-Penal - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Audiencia Provincial, Sección 2ª Civil-Penal - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Audiencia Provincial, Sección 3ª Civil-Penal - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Audiencia Provincial Presidente - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 - C/ Doce de Octubre, 2 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 - C/ Doce de Octubre, 2 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 - C/ Doce de Octubre, 2 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Instrucción nº1 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Instrucción nº2 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Instrucción nº3 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Instrucción nº4 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Instrucción nº5 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Instrucción nº6 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Instrucción nº7 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Menores único - C/ Doctor Barraquer, 6 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Penal nº1 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Penal nº2 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Penal nº3 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Penal nº4 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Primera Instancia nº1 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Primera Instancia nº2 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Primera Instancia nº3 - C/ Doce de Octubre, 2 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Primera Instancia nº4 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Primera Instancia nº5 - C/ Doce de Octubre, 2 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Primera Instancia nº6 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Primera Instancia nº7 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Primera Instancia nº8 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Social nº1 - C/ Doce de Octubre, 2 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Social nº2 - C/ Doce de Octubre, 2 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Social nº3 - C/ Doce de Octubre, 2 104071 - Córdoba
  • Juzgado de lo Social nº4 - C/ Doce de Octubre, 2 104071 - Córdoba
  • Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº8 - Pza. de la Constitución, s/n 104071 - Córdoba
Contactar