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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
  1. ¿Qué es el Derecho Concursal?

  2. ¿Se puede evitar el Concurso de Acreedores?

  3. ¿Qué pasos debe seguir el deudor para declarar el concurso de acreedores?

¿Qué es el Derecho Concursal?

El Derecho Concursal es una de las ramas del derecho mercantil, formado por las normas que regulan el concurso de acreedores tanto en sede judicial, como fuera de ella, mediante instrumentos que pretenden evitar que el deudor, persona física o jurídica, aboquen a la vía judicial, todo ello, mediante los acuerdos extrajudiciales de pagos o los acuerdos de refinanciación.

Existen circunstancias económicas que pueden provocar que, tanto una persona jurídica como una persona física, que previamente han contraído una serie de deudas de distinto tipo, no puedan cumplir regularmente con su obligaciones, generándose una situación de insolvencia.

Esta situación de insolvencia, es requisito indispensable para la solicitud y declaración de concurso de acreedores, pudiendo ser tanto insolvencia actual como insolvencia inminente. Si tiene dudas a este respecto, contacte con nosotros y nuestros abogados especialistas en derecho concursal le asesorarán.

Conforme al principio de responsabilidad patrimonial contemplado en nuestra legislación vigente, cuando un deudor no cumple con su obligación, el acreedor podrá dirigirse contra su patrimonio mediante un proceso judicial con el objetivo de recuperar las cantidades adeudadas.

¿Se puede evitar el Concurso de Acreedores?

La Ley concursal RDL-1/2020 de 5 de mayo, nos ofrece dos opciones para solucionar las situaciones de insolvencia, si bien la figura más conocida por el público no experto, es la figura del concurso de acreedores, el pre-concurso de acreedores con el acuerdo extrajudicial de pagos, los acuerdos de refinanciación y las propuestas anticipadas de convenio, son instituciones, que planteadas con antelación, consiguen evitar los riesgos, dificultades y costes consecuencia de un procedimiento judicial de concurso de acreedores.

¿Qué pasos debe seguir el deudor para declarar el concurso de acreedores?

Dado que el artículo 5 de la ley Concursal es el que establece que el deudor deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia, el deudor podrá decidir en ese plazo si:

  • Comunicar la situación pre-concursal.
  • Solicitar directamente el concurso de acreedores.

La presentación del pre-concurso, se lleva a cabo por un abogado y un procurador ante el Juzgado de lo Mercantil, declaración en la que se hará constar que la empresa se encuentra en situación de insolvencia y ha iniciado negociaciones con sus acreedores para llegar a algún tipo de acuerdo.

La empresa tras la presentación del pre-concurso, dispone de un plazo de tres meses para negociar con los acreedores y conseguir resolver los problemas de liquidez. Si en este plazo no llega a un acuerdo con los acreedores, contará con un mes adicional para declarar ante el Juzgado de lo Mercantil correspondiente el concurso de acreedores.

Nuestros abogados especialistas en concurso de acreedores, tendrán como objetivo que el perjuicio al acreedor sea el mínimo posible, pero también que el deudor sea capaz de reestructurar su situación económica y dar continuidad al negocio, siendo la mejor garantía para afrontar sus deudas y no generar un perjuicio mayor a los acreedores.

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