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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
  1. Duración de un proceso de divorcio

  2. Tipos de divorcio

    1. Divorcio de mutuo acuerdo

    2. Divorcio contencioso

    3. El divorcio notarial

  3. Documentación a aportar y contenido del convenio regulador

  4. ¿Qué ley regula el divorcio en España?

    1. ¿Cómo es el divorcio en España?

  5. ¿Cuánto cuesta un divorcio?

    1. El coste en caso de divorcio de mutuo acuerdo

    2. Coste de un divorcio contencioso

    3. Coste de un divorcio ante notario

  6. Otras consecuencias económicas del divorcio

  7. La figura del abogado matrimonialista, un verdadero experto en derecho de familia

Cuando una pareja decide realizar el cese de la convivencia y se hubiera certificado previamente un vínculo legal matrimonial, hablaremos de divorcio. Llegados a este punto, lo más importante es acudir a un abogado para divorcios que les asesore sobre determinados aspectos como, por ejemplo:

  • Extinguir la sociedad de gananciales, en caso de existir.
  • Si se hubieran tenido hijos en común:
    • Pensión de alimentos.
    • Tipo de custodia.
    • Régimen de visitas.

Hay que tener en cuenta que, una vez tomada la decisión de romper el vínculo matrimonial, la pareja tiene que lidiar con toda una batería de emociones y de decisiones. Es decir, no sólo tienen que enfrentarse a los aspectos emocionales que implica una ruptura, sino que, además, tienen que tomar decisiones que van a afectar a su vida personal a largo plazo. De ahí la necesidad ineludible de contar con un abogado especialista en divorcios de Madrid, el cual los va a acompañar en todo el proceso.

Duración de un proceso de divorcio

Una de las preguntas que habitualmente los cónyuges suelen hacer al abogado experto en divorcios es cuál es la duración del procedimiento de divorcio.

Todo va a depender si hablamos de un proceso de mutuo acuerdo o de un divorcio contencioso:

En el primer caso se evitará que haya juicio por lo que es extremadamente rápido; mientras que, en caso de iniciarse la vía contenciosa, la duración es indeterminada y puede alargarse en el tiempo.

Además de ello, el coste del proceso también se verá ampliamente reducido en caso de acuerdo entre las partes implicadas, mientras que este coste será mayor si se opta por la vía contenciosa.

No hay que olvidar que los cónyuges pueden utilizar la vía del divorcio “exprés”, es decir, siempre que exista mutuo acuerdo, pueden acudir a una notaría para divorciarse. La rapidez es una ventaja en este caso.

Vamos a ver cada uno de estos divorcios un poco más detenidamente.

Tipos de divorcio

Divorcio de mutuo acuerdo

Hay que tener en cuenta, a la hora de fijar el presupuesto, que, salvo en el caso del divorcio notarial, deben estar acompañados de abogado y procurador.

Este tipo de divorcio se aconseja para parejas que han decidido romper su relación matrimonial de mutuo acuerdo, o bien a inicio de uno con el consentimiento de la otra parte.

Una vez tomada la decisión, deberán plantearse acudir a un abogado especializado en divorcios. Éste les va a informar sobre todos los aspectos del procedimiento, y redactará el convenio regulador que regirá todos y cada uno de los aspectos del matrimonio a partir del momento de la firma.

Una vez redactada la demanda de divorcio y el convenio regulador firmado por ambas partes, se ratificará en el juzgado, a partir de cuyo momento, habrá que esperar a la sentencia del juez.

Hay que tener en cuenta que, si la pareja tiene hijos menores de edad, intervendrá el Ministerio Fiscal a efectos de comprobar que no se perjudican los intereses de los menores.

Además, en este tipo de divorcio, son las partes las que deciden de mutuo acuerdo el contenido del convenio regulador, siendo supervisado por el juez para evitar que haya algún tipo de perjuicio o sea contrario a la ley.

El procedimiento es bastante sencillo y rápido. Y se evitan posibles situaciones desagradables, tanto para los cónyuges, como para los hijos a los que se evitarán situaciones traumáticas.

Divorcio contencioso

Hablamos de divorcio contencioso cuando la pareja no ha conseguido ponerse de acuerdo a la hora de divorciarse, por lo que habrá que celebrar un juicio.

En este caso, ambas partes irán cada uno con su propio abogado y procurador, con el incremento económico que este hecho implica.

El divorcio contencioso se inicia con la interposición de una demanda por una de las partes, dando traslado a la otra para que en el plazo de 20 días hábiles proceda a contestarla.

Hecho esto, el Letrado de la Administración de Justicia procederá al señalamiento de una vista oral, en la cual las partes expondrán sus posiciones.

Es obvio que este tipo de divorcio sacará todas las rencillas de la pareja y dará lugar a momentos desagradables. Si hay hijos menores, se verán envueltos en una situación bastante molesta con el perjuicio psicológico que les va a suponer.

En este caso, ya no son las partes las que determinan el convenio regulador, sino que será el juez quien va a decidir sobre el mismo. Igualmente, intervendrá el Ministerio Fiscal para velar por el bienestar de los menores.

Finalmente, tras un tiempo más largo que para el divorcio de mutuo acuerdo, los cónyuges se encontrarán con una sentencia que, a bien seguro, no contentará a ninguna de las partes.

El divorcio notarial

Este tipo de divorcio también denominado “divorcio exprés”, es el que se celebra ante notario. Se contempla para parejas que desean divorciarse de mutuo acuerdo, y que no tienen hijos menores de edad no emancipados o con su capacidad modificada judicialmente.

Es un divorcio que tiene lugar ante el Notario que les corresponda por su domicilio, y que, una vez comprobada que la documentación aportada no perjudica a ninguna de las partes, es ratificada por éstas que, al mismo tiempo, expresan su voluntad inequívoca de divorciarse.

El notario autoriza el convenio regulador presentado que se incorpora a la escritura de divorcio. Los efectos del acta de divorcio son inmediatos, sin tener que esperar a la firmeza de la pertinente sentencia, y se pueden llevar su acta en el mismo acto.

En este caso, no es obligatoria la asistencia de procurador, pero sí la de abogado. Por lo tanto, los costes se limitan al pago de la minuta del letrado y a los del notario.


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Documentación a aportar y contenido del convenio regulador

En términos generales, la documentación que debe aportarse es la siguiente:

  • Certificado de matrimonio.
  • Certificados de nacimiento de los hijos, si los hubiera.
  • Certificados de empadronamiento de cada una de las partes.
  • Escrituras de los bienes muebles e inmuebles.
  • Certificados bancarios.

Respecto al contenido del convenio regulador, este debe contener:

  • Atribución de la vivienda.
  • Disolución de la sociedad de gananciales, si éste fuera el caso.
  • Medidas relacionadas con los hijos menores, mayores no emancipados o dependientes: régimen de guarda y custodia, vacaciones, pensión de alimentos...
  • Pensión compensatoria, si procediese.

Como ya hemos mencionado, cuando se trate de un divorcio de mutuo acuerdo, son los cónyuges los que decidirán sobre este tipo de medidas; mientras que, para el caso de un divorcio contencioso, será el juez quien tome las decisiones correspondientes.

¿Qué ley regula el divorcio en España?

Para conocer la regulación del divorcio en España hemos de acudir a un abogado experto en divorcio y atender a diversa normativa, que ha ido evolucionando a medida que la manera de entender las relaciones de pareja en nuestra sociedad también lo ha hecho:

  • Artículos 85 y siguientes del Código Civil. Este texto data de 1889, por lo que ha sido actualizado, derogando algunos preceptos y modificando otros en algunos extremos.
  • La Ley 30/1981, que modificó la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio.
  • Ley 15/2005, por la que se modificaron el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.

¿Cómo es el divorcio en España?

Los principales cambios que introdujo la Ley 15/2005 al sistema de divorcio en España son los siguientes:

  • El divorcio ya no queda configurado como un último recurso al que solamente podían acceder los cónyuges cuando, tras una dilatada etapa de separación, su reconciliación no fuese factible, sino que se suprime este doble trámite y ahora el divorcio constituye otra opción, a la que las partes pueden acudir sin pasar previamente por la separación para evitar que se perpetúe el conflicto entre los cónyuges, pues demorar la disolución del matrimonio de esa manera resultaba inútil.
  • En España el divorcio ya no es causal sino unilateral, es decir, ya hay una absoluta libertad y no es necesario invocar una causa determinada para poner fin al matrimonio.
  • El divorcio puede solicitarse por uno de los cónyuges o por ambos transcurridos 3 meses desde la celebración del matrimonio (tiempo que no deberá esperarse en determinados supuestos graves), conocido como divorcio express.

¿Cuánto cuesta un divorcio?

El coste en caso de divorcio de mutuo acuerdo

Como ya hemos mencionado, si se opta por este tipo de divorcio, el coste es más económico. Y esto es así porque:

  • Los cónyuges van a estar representados por un mismo abogado y un mismo procurador.
  • El procedimiento se inicia mediante la interposición de una única demanda a la que acompaña el convenio regulador, redactado por su abogado.
  • El proceso es muy sencillo, puesto que en cuanto sea admitido a trámite por el juzgado, éste los citará para que ratifiquen el convenio regulador.
  • El juez dictará sentencia en un tiempo relativamente corto.
  • La sentencia no será recurrida, puesto que ambas partes están de acuerdo en las medidas que van a regir a partir de ese momento el matrimonio.

Hay que destacar que los abogados fijan sus honorarios de forma libre, en función de la complejidad del procedimiento, del tiempo que les va a llevar, etc., en fin, depende de varios factores.

Para este caso concreto, un divorcio de mutuo acuerdo puede costar entre 400 y 1000€ más IVA para el caso de la minuta de su abogado; a este precio hay que sumar el coste del procurador: entre 100 y 200€ más IVA. Como el poder “apud acta”que hay que realizar a favor del procurador se hace en el juzgado, no tiene coste alguno.

Coste de un divorcio contencioso

En este supuesto, el precio del divorcio aumenta bastante debido a que el procedimiento de un divorcio contencioso es más complejo y prolijo. Este incremento económico se debe a:

  • Cada una de las partes estará representada por su propio abogado y procurador, por lo que cada cónyuge deberá hacer frente a las minutas de los profesionales que les van a asistir.
  • Un divorcio contencioso se inicia mediante la presentación de una demanda por una de las partes. Demanda que tendrá que ser contestada por la otra parte mediante el oportuno escrito de contestación a a la demanda en el plazo de 20 días hábiles.
  • La admisión a trámite de la demanda implicará el señalamiento de una vista oral en la cual los cónyuges expresarán sus posiciones.
  • Finalmente, el juez dictará sentencia estableciendo la disolución del matrimonio y las medidas que le regirán a partir de este momento: medidas económicas; medidas respecto a los hijos; pensiones, etc.
  • La sentencia no es firme. Cualquiera de las partes puede recurrirla si no está de acuerdo con la misma. Esto aumenta considerablemente el coste económico del divorcio.

Como vemos, este tipo de divorcio se alarga bastante en el tiempo. Estaríamos hablando de un precio superior a los 1.000€; más el coste del procurador; más la minuta de un perito o de cualquier otro profesional que intervenga en el proceso a instancia de alguna de las partes.

Coste de un divorcio ante notario

Este tipo de divorcio se contempla para parejas que han decidido divorciarse de mutuo acuerdo; que llevan casados más de tres meses; y que no tienen hijos menores de edad o dependientes.

La tramitación del divorcio se llevará a cabo ante un notario que, a raíz de la promulgación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, son competentes para ello. Las partes acudirán junto con su abogado a la notaria para manifestar su voluntad de divorciarse y ratificarse en el convenio regulador que les habrá redactado éste, pudiendo llevarse el acta de divorcio notarial ese mismo día, puesto que es firme y ya surte los efectos oportunos.

El matrimonio tendrá que pagar los honorarios de su abogado y la minuta del notario. En este caso, no tendrán que abonar los gastos de procurador, ya que su asistencia no es necesaria. La minuta del notario oscila entre 200 y 300€ más IVA.


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Otras consecuencias económicas del divorcio

El divorcio no sólo supone la disolución del matrimonio sino que también tiene una serie de consecuencias económicas que son importantes tener en cuenta.

Por ello siempre es recomendable contactar con abogados expertos en consecuencias económicas del divorcio que puedan ayudarnos en un procedimiento que puede resultar complejo si no hay acuerdo entre los cónyuges.

En cuanto a cuáles son las consecuencias económicas del divorcio, podríamos clasificarlas en cuatro:

Gastos de la vivienda familiar

Si el bien pertenece a un tercero, es decir, existe un arrendamiento, la parte fijada por el juez como pensión alimenticia a pagar por un cónyuge para los hijos está integrada por la cantidad a pagar por la renta arrendaticia.

Si la vivienda es propiedad de un cónyuge y tiene atribuido el uso le corresponde pagar tanto los gastos de capital (hipoteca, intereses, etc.) como los gastos ordinarios (luz, gas, etc.) Por el contrario, si la vivienda es propiedad de aquel al que no se le atribuye el uso de la misma, los gastos de propiedad los paga el cónyuge propietario y los gastos ordinarios el cónyuge no propietario. En el caso de que la vivienda pertenezca a la sociedad de gananciales o pro indiviso a ambos, los gastos de propiedad se pagan a medias por ambos cónyuges y los gastos ordinarios por el cónyuge que tiene atribuido el uso.

Liquidación del régimen económico matrimonial

Si nos encontramos con que el matrimonio se celebró en régimen de gananciales hay que proceder a la disolución del mismo y, por tanto, al reparto de los bienes. No obstante, y con independencia del régimen acordado, si existen bienes comunes los mismos tienen que repartirse.

Para que el juez pueda proceder a realizar esa liquidación del régimen económico, es necesario que los cónyuges presenten un inventario de los bienes y que se concreten cuáles son los bienes que componen el activo y qué deudas el pasivo.

Pensión de alimentos respecto a los hijos comunes

Si ambos progenitores tienen ingresos, los alimentos se pagan proporcionalmente a sus ingresos. Se incluyen los gastos indispensables para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación de los hijos.

Pensión compensatoria para el otro cónyuge

Para que se acuerde esta pensión es necesario que uno de los cónyuges quede perjudicado económicamente en relación al nivel del otro cónyuge. Además se exige que ese desnivel implique un empeoramiento en relación a la situación habida durante el matrimonio.

La figura del abogado matrimonialista, un verdadero experto en derecho de familia

Suele cometerse el error de que los abogados matrimonialistas sólo se ocupan de la tramitación de un divorcio o de una separación. Pero, esto no es así, puesto que también se dedican a las siguientes materias:

  • Modificación de medidas: cuando alguna de las partes desea cambiar algún aspecto aprobado en el convenio regulador, ya aprobado por el juez en el proceso de divorcio o separación. Por ejemplo, cuando un hijo que en momento de la sentencia judicial era menor, adquiere la mayoría de edad y se emancipa.
  • Disolución del régimen económico matrimonial: la mayoría de las parejas, salvo que se establezca lo contrario, se rigen por el régimen económico de gananciales.
  • Nulidad matrimonial.
  • Impago de pensiones.
  • Divorcios internacionales.
  • Ejecución de la sentencia de divorcio: cuando una de las partes no cumple con lo establecido en la sentencia judicial.

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