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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

Existen circunstancias delictivas que, por su gravedad, han sido consideradas por el legislador penal susceptibles de una condena mayor. Por ejemplo, si hablamos de un delito de asesinato, hay conductas como la alevosía que permiten recurrir a una agravación debido a la existencia de una mayor peligrosidad y culpabilidad del delincuente, en la que no solo pretende matar a una persona, sino que, además, utiliza un ánimo especialmente ruin, cobarde o mezquino. El agravante que en esta ocasión tratamos de explicar, hace que la pena prevista aumente en su mitad superior. 

Como otras muchas circunstancias modificativas de la responsabilidad, la agravante de alevosía debe interpretarse conforme al supuesto de hecho y no siempre es fácil conseguir su aplicación o su desestimación en juicio. Por eso, un abogado experto en alevosía, puede ayudarle a afrontar su caso de forma más satisfactoria y personalizada, conociendo a la perfección la ley penal y las posibles interpretaciones asentadas en la jurisprudencia. Si está viviendo una situación parecida o le apetece conocer qué es exactamente la alevosía, seguro que este artículo le interesa. 

¿Qué es y cuáles son los requisitos que debe cumplir el hecho para poder aplicarse la agravante de alevosía?

Las circunstancias agravantes que recoge nuestro Código Penal de forma genérica se encuentran en el artículo 22. Son aplicables a muchas de las infracciones penales, si bien, puedes encontrarlas explícitamente en algunos preceptos delictivos por su importancia para la condena de ese hecho ilícito. Debemos aclarar que no se puede aplicar el agravante cuando el precepto lo tenga en cuenta como requisito del tipo penal, ya que infringiría el principio ne bis in idem (no ser castigado dos veces por un mismo hecho). En cuanto a la alevosía, la normativa nos demuestra que es uno de los más importantes, pues no solo aparece en algunos delitos concretos como el de lesiones o el homicidio, sino que, además, es el primero de la lista de los agravantes. 

Concretamente la alevosía consiste en ejecutar un hecho delictivo utilizando medios o formas que aseguren la ejecución del delito disminuyendo las posibilidades de defensa de la víctima. A veces tiende a confundirse con el ensañamiento, pero no son lo mismo, pues este último pretende procurar un mayor dolor o daño a la víctima, mientras el primero solo pretende que, por ejemplo, la muerte de una persona esté asegurada. Si el autor no deja espacio para la defensa, no habrá posibilidad de escapatoria y podrá llevar a cabo su objetivo sin complicaciones. Así, se considera alevosía una emboscada, una actuación sorpresiva cuando la víctima está indefensa, por ejemplo, dormida. También si el sujeto pasivo es especialmente vulnerable, como un menor, anciano, inválido, etc. 

Aunque parezca que su aplicación es sencilla, no siempre es así. Veamos algunos de los requisitos que deben cumplirse para su aplicación: 

  • Elemento personal: Únicamente se tiene en cuenta en los delitos contra las personas, ya sean delitos contra la vida, la libertad, la integridad física o sexual, etc., pero nunca para delitos contra la administración de justicia, la Constitución u otros. 
  • Elemento objetivo: El autor debe utilizar medios adecuados para eliminar las posibilidades de defensa de la víctima minimizando así el riesgo de que salga mal. Este es un elemento muy amplio, pues, como hemos dicho antes, es posible cualquier tipo de emboscada o trampa. Interpretar si el medio utilizado puede ser considerado para la aplicación de este agravante es muy importante. El mejor abogado de alevosía te puede ayudar en este aspecto.  
  • Elemento subjetivo: No puede haber culpabilidad sin la conciencia y voluntad de utilizar ese medio, modo o forma tendente a asegurar la ejecución del delito y minimizar las posibilidades de defensa del ofendido. Siempre debe existir dolo o intencionalidad por parte del sujeto. 
  • Elemento teológico: Por último, debe comprobarse si en el caso concreto existió o no una situación total de indefensión por parte de la víctima. Al igual que el segundo punto, este elemento puede ser muy controvertido en algunos casos. Es claro que si inmovilizas del todo a la víctima, no tendrá ninguna posibilidad de defensa. Pero los años nos aseguran que la mayoría de veces no es tan claro y deberá discutirse en juicio. 

Como has podido comprobar, lo que al principio parece un agravante bastante fácil de aplicar en un caso, en realidad no siempre lo es. Por eso, es fundamental un análisis previo de su concreta situación para poder identificar si es aplicable o no dicha agravante y qué se puede hacer para conseguir una interpretación más favorable en juicio. 

¿Cuántos tipos de alevosía se regulan en nuestro Código Penal?

En los anteriores párrafos hemos visto el concepto general de este agravante, pero existen diferentes tipos según el medio o la forma de lograr la indefensión. Aunque es cierto que en los tres casos que vamos a señalar se aplicaría siempre la mitad superior de la pena, recordemos que es un rango. Y, por tanto, será el juez el que aplique la pena más alta o más baja de dicho intervalo atendiendo entre otras muchas cosas a la gravedad del hecho.  

  • Alevosía proditoria: Se puede definir como la traición, insidia, emboscada o cualquier otra situación en la que el autor se oculta o esconde para caer sobre la víctima en un momento inesperado. 
  • Alevosía súbita o inopinada: El agresor está a la vista de la víctima, pero la cual no puede descubrir sus intenciones porque actúa de forma fulgurante o repentina, sin que esta se lo espere y puede hacer nada para defenderse. 
  • Alevosía de desvalimiento: En este caso, el sujeto activo aprovecha la especial condición de desamparo de la víctima por ser esta persona de poca edad, anciano debilitado, enfermo físico o personas que hayan sido privados de sus sentidos (drogadas, dormidas, etc.). 

Ayuda que le puede prestar su abogado especialista en alevosía

Muchos de los casos que tienen esta valoración son también muy mediáticos y polémicos. De modo que es muy recomendable apoyarse desde el principio en un abogado experto en alevosía. Este no solo le ayudará a estudiar y defender tu postura en juicio, sino a tener una visión global del caso y analizar todos los delitos cometidos. Al fin y al cabo, el abogado es conocedor del derecho penal en su totalidad. A continuación, exponemos algunos de los puntos en los que podría ayudar, aunque hay mucho más:

  • Analizar los posibles tipos delictivos y contemplar las soluciones al caso en juicio
  • Estudiar y aconsejar la posibilidad de acudir a la vía penal como acusación particular
  • Examinar con detalle las pruebas y acudir a un buen perito que pueda explicarlo detalladamente en un informe
  • Reclamar judicialmente una compensación económica por daños y perjuicios producidos en su caso
  • Negociar la posibilidad de reparar el daño causado a la víctima
  • Reunir todos los documentos y pruebas necesarios para la defensa en juicio

En SuperAbogado encontrará expertos que le podrán asesorar sobre el Agravante de Alevosía.

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