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Abogados expertos en ERE en Almería

SuperAbogado > Derecho Laboral > ERE > Almería
Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

¿Qué es un ERE?

Los llamados expedientes de regulación de empleo (EREs) son supuestos de extinciones colectivas de la relación laboral (despidos colectivos) que se producen por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción y por fuerza mayor que expresan la necesidad de introducir cambios en la empresa para que la misma pueda mantenerse.

La reforma laboral trajo la modificación de la regulación del despido colectivo plasmada en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, flexibilizando el supuesto habilitante para despedir (incluyendo la “previsión de pérdidas futuras”). Si tiene alguna duda sobre los expedientes de regulación de empleo consulte a nuestros abogados expertos en EREs de Almería.

¿Cuáles son las fases del expediente de regulación del empleo?

Las fases del expediente de regulación de empleo, de las que podrán informarle nuestros abogados para ERES son las siguientes:

  • Preparación del expediente.
  • Presentación del expediente ante la autoridad laboral.
  • Apertura del período de consultas (en el que intervienen los representantes de los trabajadores).
  • Ordenación del procedimiento.
  • Resolución administrativa, que debe ser motivada y congruente con la solicitud.

Un abogado especializado en ERES podrá acompañarle en todas las fases de este tipo de procedimientos.

¿Cuál es la indemnización por ERE?

Los trabajadores afectados por el ERE (aquellos que sean despedidos mediante un expediente de regulación de empleo) tienen derecho a una indemnización equivalente a 20 días de salario por cada año de servicio, con el máximo de 12 mensualidades, salvo que por negociación en el periodo de consultas se logre pactar una cuantía mayor (dicha indemnización constituye un mínimo legal e indisponible, que no puede ser modificada pactando por debajo de la referida fórmula). Nuestros abogados expertos en ERE analizarán su caso y calcularán qué indemnización le corresponde por ERE.

¿Qué hacer ante un ERE?

Si su empresa ha promovido un ERE contacte con un abogado especialista en EREs. En SuperAbogado ponemos a su disposición a los mejores abogados de ERES de toda España, que le asistirán en el proceso protegiendo sus intereses.

¿En caso de ERE puede cobrarse el paro?

Sí, el trabajador que sea despedido por un expediente de regulación de empleo se halla en situación legal de desempleo, pese a que se hubiere acogido voluntariamente al expediente, de modo que si tuviera por lo menos 360 días cotizados durante los últimos 6 años podrá ser beneficiario de la prestación contributiva por desempleo

¿Un ERE es impugnable?

Sí, el expediente de regulación de empleo concluye con una resolución de la autoridad administrativa, acto administrativo impugnable por abogados especializados en EREs. Llame a SuperAbogado, le asignaremos al mejor abogado de EREs para impugnar un ERE.

Funciones de los abogados especialistas en expedientes de regulación de empleo

A continuación detallamos las principales funciones de los abogados para ERES de empresas y trabajadores:

  • Iniciación, solicitud y documentación de los expedientes de regulación de empleo.
  • Plan de viabilidad del proyecto empresarial.
  • Expedientes de regulación de empleo para trabajadores que pasan a jubilarse anticipadamente.
  • ERE de reducción de jornada.
  • Expedientes de regulación de empleo por fuerza mayor.
  • ERE suspendiendo contratos.
  • ERE por cierre de empresa.
  • Extinción del contrato de trabajo (despido) a través de un expediente de regulación de empleo (ERE).
  • Acta de acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
  • Impugnar expedientes de regulación de empleo.
  • Asesoría fiscal sobre la tributación de las prestaciones derivadas del expediente de regulación de empleo.

¿Necesita un abogado experto en ERES?

Nuestro equipo está formado por abogados especialistas en derecho laboral en Almería. Contamos con los mejores. No dude en contactarnos.

Partido judicial de Almería

El partido judicial de Almería ofrece los siguientes juzgados:

  • Audiencia Provincial, Sección 1ª Civil-Penal - C/ Reina Regente, 4, 04013 - Almería
  • Audiencia Provincial, Sección 2ª Civil-Penal - C/ Reina Regente, 4, 04013 - Almería
  • Audiencia Provincial, Sección 3ª Civil-Penal - C/ Reina Regente, 4, 04013 - Almería
  • Audiencia Provincial Presidente - C/ Reina Regente, 4, 04013 - Almería
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 - C/ Conde Ofalia, 22, 04071 - Almería
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 - C/ Conde Ofalia, 22, 04071 - Almería
  • Juzgado de Instrucción nº1 - C/ Gerona, 14 - Bajo 04071 - Almería
  • Juzgado de Instrucción nº2 - C/ Gerona, 14 - Bajo 04071 - Almería
  • Juzgado de Instrucción nº3 - C/ Gerona, 14 - Bajo 04071 - Almería
  • Juzgado de Instrucción nº4 - C/ Gerona, 14 - Bajo 04071 - Almería
  • Juzgado de Menores nº1 - C/ Méndez Núñez, 18-20 04071 - Almería
  • Juzgado de lo Penal nº1 - C/ Reina Regente, 4, 04013 - Almería
  • Juzgado de lo Penal nº2 - C/ Reina Regente, 4, 04013 - Almería
  • Juzgado de lo Penal nº3 - C/ Reina Regente, 4, 04013 - Almería
  • Juzgado de Primera Instancia nº1 - C/ Reina Regente, 4, 04013 - Almería
  • Juzgado de Primera Instancia nº2 - C/ Reina Regente, 4, 04013 - Almería
  • Juzgado de Primera Instancia nº3 - C/ Rafael Alberti, 28. Esq. Ctra. Ronda, 15 04071 - Almería
  • Juzgado de Primera Instancia nº4 - C/ Gerona, 14 - Bajo 04071 - Almería
  • Juzgado de Primera Instancia nº5 - C/ Gerona, 14 - Bajo 04071 - Almería
  • Juzgado de Primera Instancia nº6 - C/ Rafael Alberti, 28. Esq. Ctra. Ronda, 15 04071 - Almería
  • Juzgado de lo Social nº1 - Ps. Almería, 11 04071 - Almería
  • Juzgado de lo Social nº2 - Parque Nicolás Salmerón, 17 04071 - Almería
  • Juzgado de lo Social nº3 - C/ Gerona, 14 - Bajo 04071 - Almería
  • Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº7 - C/ Maestro Serrano, 7 04071 - Almería
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