El Derecho Bancario no es una rama autónoma del ordenamiento jurídico, sino que se encarga de regular un conjunto de normas que tocan varias ramas del derecho y que se agrupan simplemente, desde el punto de vista académico o didáctico, para analizar y estudiar las entidades bancarias, las actividades que ellas realizan, los contratos que celebran y las relaciones con las entidades reguladoras y con los sistemas de control.
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