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Abogados expertos en Delitos Contra la Seguridad Vial en Alicante/Alacant

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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

Abogados expertos en delitos contra la seguridad vial en Alicante/Alacant

Artículo 379 del Código Penal

1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Sin duda es por todos conocido el gran número de accidentes con resultados muy graves que todos los años ocurren en España, si bien es cierto que cada año los números mejoran. Y probablemente, parte de esta mejora sea debida a que año tras año se ha ido afinando un poco más en el código penal las conductas punibles en torno a proteger el bien jurídico “seguridad vial” según acuñó la reforma introducida por la LO 15/2007, de 30 de noviembre.

No obstante, podemos ver otros bienes jurídicos que merecen protección para el código penal, tales como la vida y la integridad física de las personas usuarias del tráfico vial. No obstante, otros bienes jurídicos como la propiedad o la confianza en el tráfico económico, pueden apreciarse de la siguiente lista de delitos contra la seguridad vial que a continuación extraemos de los artículos 379 y siguientes del Código Penal cuando castigan las siguientes modalidades comisivas:

  • Velocidad excesiva: El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente.
  • Conducción bajo la influencia de alcohol o drogas: en todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
  • Conducción temeraria: La conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás.
  • Negativa a someterse a las pruebas de detección de bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas.
  • La conducción sin permiso o licencia.
  • Omisión de socorro a persona desamparada con motivo de un accidente en el que se ha intervenido.
  • Falsificación de la documentación identificativa fundamental del vehículo.
  • Robo y hurto de uso de vehículos de motor. Considerándose que si no se devuelve el vehículo antes de 48 horas, se estaría ya ante la figura jurídica del robo.

Respecto a estos delitos contenidos en este título relacionados con la conducción, vamos a desarrollar los dos mas comunes:

La conducción a velocidad notoriamente excesiva o bajo la influencia del alcohol o drogas

Respecto a esta conducta especialmente debemos tener presente que el concepto "bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas y bebidas alcohólicas", es un concepto jurídico indeterminado.

El Tribunal Constitucional ha precisado que, bajo la influencia, es un elemento normativo del tipo penal que consecuentemente requiere una valoración por el juez en la que deberá comprobar si en el caso concreto el conductor que se encontraba afectado por el alcohol, ponderando todos los medios de prueba que reúna las debidas garantías procesales.

Por lo tanto, deberá comprobarse la influencia del alcohol mediante pruebas pertinentes.

Ahora bien, la propia norma contiene una excepción, por la que en todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 milígramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

La conducción temeraria

Debe ser manifiesta y que ponga en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, y se reputan manifiestamente temeraria cuando concurran las circunstancias del artículo 379 en el apartado primero y en el inciso segundo.

También se condena la conducción temeraria agravada, al que con manifiesto desprecio por la vida realice la conducta de conducción temeraria, moderándose la pena cuando no se hubiese puesto en peligro concreto la vida o la integridad de las personas.


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Tengan en cuenta que si le acusan de un delito contra la seguridad vial, probablemente habrá un atestado policial que habrá servido de denuncia y contra el que no es sencillo luchar si no se tienen los conocimientos específicos de la materia.

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Partido judicial de Alicante/Alacant

El partido judicial de Alicante/Alacant ofrece los siguientes juzgados:

  • Audiencia Provincial, Sección 4ª Civil - Pza. del Ayuntamiento, s/n 03071 - Alicante/Alacant
  • Audiencia Provincial, Sección 5ª Civil - Pza. del Ayuntamiento, s/n 03071 - Alicante/Alacant
  • Audiencia Provincial, Sección 6ª Civil - Pza. del Ayuntamiento, s/n 03071 - Alicante/Alacant
  • Audiencia Provincial, Sección 1ª Penal - Pza. del Ayuntamiento, s/n 03071 - Alicante/Alacant
  • Audiencia Provincial, Sección 2ª Penal - Pza. del Ayuntamiento, s/n 03071 - Alicante/Alacant
  • Audiencia Provincial, Sección 3ª Penal - Pza. del Ayuntamiento, s/n 03071 - Alicante/Alacant
  • Audiencia Provincial Presidente - Pza. del Ayuntamiento, s/n 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Instrucción nº1 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Instrucción nº2 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Instrucción nº3 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Instrucción nº4 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Instrucción nº5 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Instrucción nº6 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Instrucción nº7 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Instrucción nº8 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Menores nº1 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Menores nº2 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Penal nº1 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Penal nº2 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Penal nº3 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Penal nº4 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Penal nº5 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Penal nº6 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Penal nº7 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Primera Instancia nº1 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Primera Instancia nº2 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Primera Instancia nº3 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Primera Instancia nº4 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Primera Instancia nº5 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Primera Instancia nº6 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Primera Instancia nº7 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Primera Instancia nº8 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Primera Instancia nº9 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
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  • Juzgado de lo Social nº1 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Social nº2 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Social nº3 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Social nº4 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Social nº5 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Social nº6 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de lo Social nº7 - C/ Pardo Gimeno, 43 03071 - Alicante/Alacant
  • Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº2 - Avda. Aguilera, 53 03071 - Alicante/Alacant
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