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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

¿Qué es la atenuante de confesión?

Consiste en confesar la infracción criminal a las autoridades, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él.

Esta circunstancia atenuante tiene su fundamento en cuestiones de política criminal, actuando cuando el sujeto activo del delito ya ha culminado su acción, allanando la función de investigación de la autoridad judicial, siéndole mucho más fácil la determinación de los pormenores del delito y de las personas que han participado en él constituyendo un acto de verdadera colaboración con la justicia.

Expresa una menor culpabilidad del sujeto que se traduce en un menor reproche social y en una menor penalidad, y esa menor culpabilidad aflora no tanto de un sentimiento de pesar, sino de una resuelta voluntad de restaurar el orden jurídico perturbado por el delito (Sentencia de 11 de Marzo de 1.987, RJA, 2144), con absoluta preterición de los móviles. O como dice la sentencia de 5 de Diciembre de 1.990 "el fundamento atenuatorio está en la idea de recompensar o retribuir el auxilio de la Administración de Justicia con el descubrimiento de los culpables".

¿Dónde está regulada la atenuante de confesión?

La atenuante de confesión se encuentra contemplada en el artículo 21.4º del Código Penal, debiendo interpretarse junto con lo dispuesto en el artículo 66 del mentado texto legal.

¿Para qué sirve la atenuante de confesión?

La circunstancia atenuante de confesión fue recogida en nuestro Código Penal por razones de política criminal para premiar a quien contribuye a esclarecer los hechos delictivos cuando no tiene obligación de hacerlo conforme a lo exigido por el ordenamiento (en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución Española no hay obligación de declarar contra sí mismo). La confesión ahorra esfuerzos de investigación y facilita la instrucción y enjuiciamiento de la causa. 

Un abogado experto en atenuante de confesión podrá informarle sobre cuáles son los efectos de la confesión y estudiará la viabilidad de alegar esta circunstancia atenuante en su caso concreto para que le reduzcan la eventual condena.

Requisitos de la atenuante de confesión

La atenuación de la pena por haber confesado haber cometido un delito exige que concurran los siguientes requisitos:

1º) Confesar (declarar, manifestar) a las autoridades la infracción penal cometida es el elemento objetivo de la atenuante, que exige la exteriorización que responda SUSTANCIALMENTE a lo acaecido, sin desfiguraciones notables, contradicciones voluntarias o falsedades que sólo no facilitan la investigación, sino que la perturban, obstaculizando la buena marcha del proceso.

Existe, ad exemplum, una clara tergiversación de lo acontecido cuando el culpable se hace pasar por víctima cuando el declarante fue el único agresor o cuando se ocultan datos muy importantes, como por ejemplo la utilización de arma.

2º) No es confesión veraz cuando el contenido de la declaración lejos de ayudar a la investigación, equivoca en el inicio de la investigación a las personas y agentes de la autoridad que la realizan.

3º) Tiene que existir una notoria falsedad de los hechos probados para que se entienda que la confesión es inveraz.

4º) La doctrina más reciente de esta Sala viene expresando que es suficiente para la aplicación de esta atenuante la manifestación de la actividad subjetiva en alguno de los comportamientos externos que dan lugar a su efectividad.

5º) Se observa en la jurisprudencia una interpretación restrictiva sobre la veracidad de los hechos a favor del reo.

Contamos con los mejores abogados de atenuante de confesión, que podrán acreditar en su caso concreto la concurrencia de los presupuestos enumerados.

¿La confesión atenúa la pena cuando ya se ha iniciado el procedimiento?

En tal caso (si faltase el requisito cronológico porque ya se hubiese iniciado la investigación de los hechos) cabría apreciar la circunstancia atenuante analógica si la confesión, con actos de colaboración con la Justicia, aunque ya se hubiese iniciado la investigación, facilitase la depuración del reproche penal que merece el delito cometido. Nuestros abogados especialistas en atenuante de confesión demostrarán que su confesión vertida cuando la investigación ya se había iniciado reunía gran relevancia, requisito exigido por los tribunales para poder atenuar la pena en estos supuestos.

Nuestro equipo está formado por abogados penalistas (expertos en Derecho Penal). Contamos con los mejores Abogados de confesión, que le podrán defender y esgrimir la concurrencia de dicha circunstancia modificativa de la responsabilidad penal.

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