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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

La Incapacitación judicial es un procedimiento que surge ante la necesidad de que una persona mayor de edad, y que por lo tanto puede regir su vida legalmente por poseer plena capacidad, no se encuentre en situación para ello, y requiera de un tutor para salvaguardar su persona y sus bienes o de un curador.

La incapacitación se puede extender a la guarda y protección de la persona y sus bienes, o bien solamente de la persona o de los bienes.

Incapacitación judicial de mayores

La Incapacitación judicial mayores tiene por objeto proteger al anciano y evitar que se perjudique a sí mismo con decisiones inadecuadas, respecto a sus intereses patrimoniales y a la atención de sus necesidades.

Se ha de aportar un dictamen pericial médico ante el tribunal o de oficio, para demostrar que el anciano tiene demencia o una enfermedad física o psíquica que le impide cuidar de sí mismo y que no se trata de una situación temporal y transitoria.

¿Cuánto dura un proceso de incapacitación? Plazos legales

A la pregunta de cuánto dura el proceso de incapacitación, no podemos dar una respuesta cerrada, ya que depende de la rapidez de tramitar el procedimiento en el juzgado.

De todas formas, siempre habrá que cumplir con los plazos legales: tras la presentación de la demanda de incapacitación, el demandado o presunto incapaz tendrá un plazo de 20 días para contestar a la demanda oponiéndose de la manera que estime oportuna a este proceso de incapacitación legal. En caso de que transcurridos los 20 días desde la notificación efectiva no se produzca oposición a la demanda, se entenderá que es el Ministerio Fiscal quién representará a la persona. Si por lo contrario fuera el Ministerio Fiscal quién promueve la incapacitación de la persona, el juez asignará un defensor judicial para la defensa y representación del posible incapacitado.

Tras la celebración del acto de la vista, el juez determinará si procede la incapacitación de la persona o no. En caso afirmativo y siempre mediante sentencia, el juez determinará el grado de incapacitación judicial y los aspectos que regirán la incapacitación de la persona.

Regulación legal

La Incapacitación legal se haya regulada y desarrollada en el artículo 199 y siguientes del Código Civil.

Podríamos decir que los requisitos básicos exigidos para la declaración de incapacitación judicial son:

  • Que se padezca una enfermedad o deficiencia de carácter físico o psíquico, que debe referirse en términos generales a aquellos estados en los que se da un impedimento físico, mental o psíquico, permanencia y a veces progresivo, que merma la personalidad, la deteriora y amortigua, con efecto en la capacidad volitiva y de decisión, incidiendo en su conducta al manifestarse como inhabilitante para el ejercicio de los derechos civiles y demás consecuencias.
  • Persistencia de la enfermedad o deficiencia que impide el autogobierno del presunto incapaz, entendiendo que dicha enfermedad debe tener cierta duración, continuidad o permanencia.
  • La ausencia (o deficiencia) del autogobierno por el incapaz. Esto se refiere a la ausencia de posibilidad, habilidad o facilidad de entendimiento.

Si tiene cualquier duda acerca del proceso o necesita a un abogado especialista en incapacitaciones judiciales, lo podrá encontrar en SuperAbogado. Llámenos.