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Entre las diferentes condenas que regula nuestro Código Penal artículos 32 y siguientes para los distintos delitos previstos, la más conocida es la pena de prisión. Además, es la más grave, puesto que supone la pérdida de libertad deambulatoria. Su aplicación dependerá de muchas cosas, entre ellas obtener una buena defensa en juicio. Si le interesa conocer todos los aspectos de esta consecuencia jurídica y reafirmar la importancia de acudir a un abogado experto en la condena de prisión, seguro que le interesa leer este artículo.
Para entender los conceptos que rodean a esta figura penal, vamos a establecer tres etapas: antes, durante y después de la condena judicial. Cada una de estas fases tendrá sus propias consecuencias jurídicas y son relevantes para que conozcas todos los aspectos en los que el mejor abogado de condena de prisión le puede ser útil.
Este punto determina la importancia de acudir a un buen abogado penalista desde el principio, ya que es el único que puede aconsejarle y guiar su defensa para evitar la pena de prisión, pues en muchos casos puede aplicarse una pena de multa o quedar absuelto. Si bien, esta primera etapa puede estar regida por diferentes medidas cautelares, tomadas antes del proceso para que el mismo no corra peligro:
Terminadas todas las actuaciones que integran el proceso judicial, el juez dictará sentencia concretando la condena para el acusado. El número de años de cárcel que se prevé para un delito determinará su celebración en la Audiencia Provincial, en los más graves, o en un juzgado de lo penal, para los menos graves.
Teniendo en cuenta la pena impuesta, la prisión preventiva y las presentaciones periódicas, el juez practicará una liquidación de condena y determinará la fecha exacta en la que termina de cumplir la pena. Después, el centro penitenciario le dará al condenado un plazo breve en el cual tiene que presentarse.
Cuando la condena no sea superior a dos años, podrá suspenderse la ejecución de la pena, si esta no es necesaria para evitar delitos futuros. La mayoría de veces se aplica este precepto de forma casi automática, pero no siempre es así, como se discutió en el famoso caso de Isabel Pantoja.
Condena pactada
En ocasiones hay personas que prefieren no enfrentarse a un juicio donde se le solicita condena por un número de años de prisión muy alto, y prefieren negociar con las acusaciones una condena menor a cambio de declararse culpables, y a veces también con la condición de que pague la responsabilidad civil que se solicita.
En la práctica, apreciamos que en muchas ocasiones tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular solicitan en sus escritos de acusación condenas especialmente altas, entendemos que con el fin de propiciar que el acusado, ante el miedo a ser condenado una condena tan elevada, prefiera renunciar a luchar por su inocencia aceptando una condena menos grave de la que se solicita en principio. Situación ésta muy cuestionable desde muchos puntos de vista, por otra parte.
En otras ocasiones, cuando una persona se sabe culpable y sospecha que tiene altas posibilidades de resultar condenado a una pena muy alta, preferirá llegar un acuerdo con las acusaciones. A su vez, las acusaciones, por miedo a que el acusado pueda quedar inocente por falta de pruebas por ejemplo, también a veces prefieren asegurarse la condena aunque ésta sea inferior a lo que en principio deseaban.
Tanto es esto así que un porcentaje muy alto de los casos se resuelven finalmente mediante un acuerdo entre las partes.
Esta condena pactada, no puede ser desechada por parte del juez en tanto que si hay conformidad entre las partes. Aunque al juez no le pareciese apropiado ese acuerdo, el principio acusatorio le obliga a dictar sentencia en esos términos.
Al ingresar en prisión, se ha de calificar a la persona en un grado penitenciario, existiendo un periodo de observación por parte del centro. Normalmente, la inicial es de segundo grado, pero en caso de mal comportamiento o peligrosidad se puede clasificar en primer grado, lo que supone más vigilancia y restricciones dentro de la prisión. El tercer grado es el más conocido, pues se otorga cuando se está listo para volver a la sociedad.
Las condenas que establece el primer juez sentenciador no sean firmes sino que cabe la posibilidad de que el acusado recurra las mismas ante un órgano superior. Será a partir de esta segunda condena cuando se considera que es una condena firme y por tanto se dará inicio a su ejecución.
A continuación, mostramos algunos de los beneficios penitenciarios que pueden obtenerse a lo largo de la condena:
Toda decisión es recurrible ante una autoridad judicial, como el juez de vigilancia penitenciaria. Así que, contactar con el mejor abogado en condena de prisión no solo le podrá ayudar a conseguir el juicio más satisfactorio posible, sino también durante el proceso penitenciario.
La mejor recomendación es acudir a un abogado experto en la condena de prisión, por su gran alcance en todos los problemas que rodean a esta consecuencia jurídica. A continuación, señalamos algunos de los aspectos en los que podría ayudarle: